ELECCIONES 2017
VOTAR EN EL EXTERIOR ES MÁS SIMPLE
El Gobierno nacional, a través del decreto 403/2017 publicado el 8 de junio del corriente en el Boletín Oficial, dispuso una serie de medidas para aliviar los trámites burocráticos que actualmente restringen el derecho al voto de los ciudadanos en el exterior.
A partir de la nueva disposición, podrán votar todos aquellos argentinos residentes en el exterior que hubiesen realizado el cambio de domicilio en su documento de identidad hasta el 25 de abril de 2017, sin necesidad de realizar un trámite adicional.
De este modo, se elimina un requisito que impedía a muchos conciudadanos ejercer su derecho al sufragio conforme las leyes vigentes.
En ese sentido, a partir de ahora, para poder ejercer su derecho al voto en el exterior, los ciudadanos deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener 16 años o más.
- Haber hecho el cambio de domicilio en el DNI hasta el 25 de abril de 2017.
- No estar inhabilitado legalmente.
El voto sigue siendo optativo para los residentes en el exterior.
Más información en www.argentina.gob.ar/argentinosenelmundo/vota-desde-el-exterior
JUSTIFICACION DE NO EMISION DEL VOTO
ARGENTINOS DE PASO EN EL EXTERIOR O CON DOMICILIO EN LA REPÚBLICA
Los argentinos que tengan su domicilio asentado en la República Argentina y se encuentren en el exterior a la fecha de la elección deberán realizar la justificación de no emisión del voto tanto en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 13 de agosto como en las Elecciones Generales del 22 de octubre de 2017.
Para justificar válidamente la no emisión del voto, los electores disponen de sesenta (60) días a partir de la fecha de los comicios, y para ello deberán presentar la documentación que acredite que el día de la elección no se encontraban en la República Argentina de alguna de las siguientes maneras:
ONLINE
- A través de la página web www.infractores.padron.gob.ar, adjuntando foto del pasaporte o documentación que acredite que a la fecha de las elecciones no se encontraba en la República Argentina.
- Instructivo para justificar la no emisión del voto online: www.argentina.gob.ar/instructivo_justificacion_no_emision_voto_exterior
PERSONALMENTE
- Presentarse en la Embajada o Consulado Argentino más cercano a la ciudad en la que se encuentren en el exterior (www.cancilleria.gob.ar/representaciones)
- Presentarse ante la Secretaría Electoral que corresponda a su domicilio en la República (www.electoral.gov.ar/secretarias.php)
- Presentarse en la Cámara Nacional Electoral: Leandro N. Alem 232, CABA