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Llamado a Concurso para Cargos de Profesor Regular UBA - Fac. de Cs. Económicas

La Embajada Argentina informa a la comunidad argentina en Israel y Chipre que se ha abierto el llamado a concurso para cubrir cargos de profesores regulares en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires:

"De acuerdo con las condiciones establecidad en el T.O. resolución del Consejo Superior Nro. 4362/12, se llama a concurso desde el 21 de mayo al 02 de julio de 2015, para proveer cargos de profesor regular que se indican a continuación. Dadas las normas complementarias aprobadas por la Resolución de Rector Nro. 1242/04, los interesados deberán realizar una pre-inscripción en línea (en http://www.academica.rec.uba.ar/concursos) que como resultado emitirá una constancia, que deberá firmar y anexar a la documentación a entregar en la unidad académica. Tanto la pre-inscripción, como la entrega de la constancia y documentación (confirmación de la inscripción) deben ser realizados, sin excepción, dentro del plazo establecido para este llamado. En los concursos de renovación se mencionan los nombres de los profesores cuyas designaciones caducan.

 

 DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION    CATEGORIA    DEDICACION  CANTIDAD
Dirección General  Asociado Parcial 1 (Expte Nº 0066029/2014)
Administración Financiera Asociado Parcial 1 (Expte Nº 0067883/2014)
Administración Financiera Adjunto Parcial 1 (Expte Nº 0066033/2014)
Comercialización Adjunto Parcial 1 (Expte Nº 0074727/2014)
Administración de Personal Adjunto Parcial 1 (Expte Nº 0074724/2014)
Administración Pública
Tema  de investigación "Las dimensiones del análisis del clima organizacional en la
administración pública"
Titular Exclusiva 1 (Expte Nº 0076648/2014)

 

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA   CATEGORIA    DEDICACION  CANTIDAD
Microeconomía II
(Renovación: Martín Antonio ROSSI)
Titular Parcial 1 (Expte Nº 0067888/2014)
Organización Industrial Asociado Parcial 1 (Expte Nº 0068226/2014)
Organización Industrial Adjunto Parcial 1 (Expte Nº 0076640/2014)
Economía Agropecuaria Titular Parcial 1 (Expte Nº 0072823/2014)
Crecimiento Económico Adjunto Parcial 1 (Expte Nº 0072821/2014)
Microeconomía I (Cod. 290) Titular Parcial 1 (Expte Nº 0072822/2014)
Microeconomía I (Cod. 290)
Tema de investigación "Gestión Económica de la pesca: el caso argentino"
Adjunto Exclusiva 1 (Expte Nº 0076643/2014)
Estructura Económica Argentina
Tema de investigación "La Política
Económica y los inicios del peronismo"
Asociado Exclusiva 1 (Expte Nº 0076642/2014)
Organización Industrial
Tema de investigación "Transporte y patrón
de desarrollo en la Argentina: la experiencia
y las perspectivas"
Titular Exclusiva 1 (Expte Nº 0077402/2014)

 

DEPARTAMENTO DE MATEMATICA   CATEGORIA     DEDICACION   CANTIDAD
Grupo de asignaturas del Area Matemática (Análisis Matemático I y Análisis Matemático II) Adjunto Parcial 1 (Expte Nº 0065279/2014)

 

 DEPARTAMENTO DE TRIBUTACION   CATEGORIA   DEDICACION  CANTIDAD
Teoría y Técnica Impositiva II Adjunto Parcial 2 (Expte Nº 0065281/2014)

 

Informes:  Dirección   Área  Concursos   de  la    Facultad  de  Ciencias   Económicas.   Córdoba  2122,  1er. piso,   de   lunes    a     viernes    de     9:00    a     18:00.     Teléfono:   4370-6122.   Correo  electrónico:  concurso@econ.uba.ar - Sitio web: www.econ.uba.ar/concurso.

Confirmación de inscripción:  Dirección   Mesa  de  Entradas  Central,  Córdoba   2122,   Planta   Baja, de  lunes   a    viernes de  9:00 a 18:00.

IMPORTANTE: Los profesores que se inscriban en los concursos de renovación de sus respectivas designaciones deberán tener presente las disposiciones contenidas en la resolución C.D. Nro. 585/10, referidas a la convalidación del informe establecido por el artículo 55 del reglamento de concursos (T.O. resolución C.S. Nro. 4362/12).

 

DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS

ARTICULO 45 Estatuto Universitario.- "El llamado a concurso periódico para el nombramiento de los profesores regulares tiene por objeto crear un ambiente que estimule la más intensa actividad intelectual y la mayor preocupación por la eficacia de la enseñanza. Los profesores cuya designación caduca serán nombrados nuevamente por el Consejo Superior a propuesta de las Facultades, si cuentan con el voto de la mayoría absoluta de los miembros de su Consejo Directivo cuando el candidato fuera propuesto por el jurado o si cuentan con dos tercios de votos cuando el dictamen del jurado fuera negativo. La nueva designación se hará  por  el  término  de  siete  años  y  en  la  misma  categoría  o  en  una  superior cuando correspondiere.  Para  los  profesores  adjuntos,  el  Consejo  Superior  podrá  establecer  en cada Facultad, siempre que así lo solicite su Consejo Directivo por la mayoría absoluta de sus miembros, un término menor de siete años. En caso  de  que  exista  un aspirante de méritos equivalentes o superiores al profesor cuya designación caduca, será  designado  también  profesor  regular  en  un nuevo cargo, o en el existente si se justificase, de acuerdo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 44, en las limitaciones del artículo 46 y en la reglamentación del Consejo Superior. A los profesores titulares, asociados y adjuntos que no sean nuevamente designados se les indemnizará en la forma que reglamente el Consejo Superior. Los cargos docentes desempeñados por el Rector, Vicerrector y Decanos no serán llamados a concurso hasta la terminación de sus respectivos períodos."

ARTÍCULOS DEL REGLAMENTO PARA LA PROVISIÓN DE CARGOS DE PROFESORES REGULARES TITULARES, ASOCIADOS Y ADJUNTOS (Resol. C.S. Nro. 1922/03 y modificatoria, T.O. Resol. C.S. Nro. 4362/12) RELACIONADOS CON LOS CONCURSOS DE RENOVACIÓN

ARTÍCULO 60.- "Cuando el jurado se pronuncie afirmativamente acerca del desempeño satisfactorio en el cargo por el profesor que renueva su designación, pero afirme que existe otro concursante con méritos equivalentes o superiores a los de aquél, el Consejo Directivo podrá  proponer  además de la designación del profesor que renueva, la de los concursantes que fueren ubicados en  los  primeros  lugares  en  el  orden  de méritos, en uno o más cargos nuevos de jerarquía igual a la que motiva el concurso."                          "Cuando  las  necesidades  de  la  enseñanza o los recursos presupuestarios hicieren inconveniente o imposible proceder de ese modo, se designará nuevamente al profesor que lo ocupaba, salvo que la  superioridad  de  quien  o  quienes  ocuparen  puestos más altos en  el  orden  de  méritos  fuera  tal  que  resultase  manifiesto  que corresponde designar a éstos en los cargos existentes."

"Cuando por aplicación de lo dispuesto por el primer párrafo de este artículo debiera aumentarse el número de cargos en más de UNO (1) el incremento no podrá superar el DIEZ POR CIENTO (10%) de los cargos concursados."

ARTÍCULO 61.- "El jurado podrá recomendar, con los debidos fundamentos, que sólo el profesor que renueva su designación, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 45 del Estatuto Universitario, lo haga en una categoría inmediatamente superior a la del cargo que renueva."

"El Consejo Directivo podrá aceptar dicha propuesta por el voto de los dos tercios (2/3) de sus miembros, cuando los recursos presupuestarios así lo permitan".

"La designación de profesor titular plenario podrá realizarse únicamente en las condiciones de este artículo."

Fecha de Publicación : 08/06/2015