El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva llama a concurso público de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de Sub Director Administrativo del Banco Nacional de Datos Genéticos (B.N.D.G.), que tendrá una remuneración equivalente a $45.644,71 pesos argentinos. El cargo será ejercido en la sede del B.N.D.G., sitio en Av. Córdoba 831, 7° piso, C.A.B.A. y requerirá dedicación exclusiva, por 4 años, reelegible.
Requisitos mínimos: título universitario de grado no inferior a 4 años, ser especialista en administración, economía o carreras afines, debiendo acreditar posgrado y/o maestría y/o especialización, menor de 60 años a la fecha de la apertura de la inscripción y no estar comprendido en las causas de inhabilitación para el desempeño de cargos públicos, de faltas a la ética y a los derechos humanos, previstas por el art. 19.2.5 del Decreto 38/2013, certificado de antecedentes penales. Requisitos deseables: haberse desempeñado en la Administración Pública en función similar; experiencia en gestión de Recursos Humanos. Mención pormenorizada y documentada de: antecedentes profesionales, actuación en Universidades, aportes originales efectuados en el ejercicio de la especialidad respectiva, títulos de posgrado, maestrías y/o especialización.
El jurado estará integrado por los siguientes miembros titulares: Mg. Liliana WEISERT; Dr. Guillermo Eduardo CONY; Cdor. Jorge FIGARI; Cdor. Gustavo Celso CROCE y a la Sra. María Julia BIHURRIET y por los siguientes miembros suplentes: Dr. Rodrigo GALARZA SEEBER, Lic. Patricia QUINTELA, Cdra. Gisselle Eliana SANTARELLI, el Cdor. Martín GOROSTEGUI y la Sra. Anabel Alcaide PEREZ.
Para la recusación de algún miembro del jurado rige el art. 17 del C.P.C.C.N. señala: “Serán causas legales de recusación: 1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados. 2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, la sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima. 3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante. 4) Ser el juez, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales. 5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito. 6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiese dispuesto dar curso a la denuncia. 7) Haber sido el juez defensor de algunos de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después comenzado. 8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes. 9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato. 10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifiesta por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensas inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer del asunto”. Asimismo, rige el art. 30 del CPCC que señala: “Todo juez que se hallare comprometido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el art. 17 deberá excusarse. Asimismo podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza. No será nunca motivo de excusación el parentesco de otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes”.
La inscripción se llevará a cabo desde el 26 de enero hasta el 8 de febrero de 2016 de 10 a 17 hs, en siete (7) ejemplares debiendo presentarse personalmente o por poder debidamente acreditado en la Mesa de Entradas del Ministerio de Ciencias y Tecnología (MINCYT), con sede en Av. Córdoba 831, P.B. C.A.B.A., y dar cumplimiento a lo previsto por el arts. 19.2.1, 19.2.1.2 y 19.2.4 del Decreto 38/2013. La inscripción importará el consentimiento y la aceptación de las condiciones del Concurso (art. 19 Decreto 38/2013). El listado de los inscriptos será publicado en el sitio web del MINCYT, a partir del 22 de febrero. Y el listado de admitidos será publicado en el mismo sitio web mencionado el día 29 de febrero, a las 12 hs.
Para mayor información ingresar a: www.mincyt.gob.ar